Sentencia firme contra el administrador de la Frikipedia
Escrito por Tora el Viernes, 9 de Noviembre del 2007 a las 6:25 pm
Intentaré un breve análisis de esta sentencia, sin profundizar en mi opinión, simplemente sacando las que, a mi parecer, han sido las carencias procesales y de fundamentación que han hecho que esta demanda se hiciera paso y finalizara con la condena de un simple administrador de una página colaborativa.
ANTECEDENTES DE HECHO
Se dan por supuestos y reproducidos los hechos… así que los expondremos aquí. La pagina web www.frikipedia.es funciona como la wikipedia: los usuarios pueden hacer crecer el sitio con sus aportaciones. En el momento de los hechos el acceso era libre: cualquiera podía poner lo que quisiera en la página. Las diferencias con la wikipedia no radicaban tan solo en la participación anónima sino tamién en el control de cambios: si bien la wikipedia cuenta con muchos colaboradores que están pendienetes de las variaciones en la frikipedia eran muy pocos los que gestionaban los contenidos, lo cual hacía muy dificil controlar los cambios.
El administrador al darse cuenta de lo que había sucedido retiró la página en cuanto fue requerido para ello. No obstante la SGAE no cejó en su empeño de ir contra la frikipedia y su administrador. Está claro que su intención no era la retirada del articulo que, en clave de humor, se refería a ellos.
La SGAE pedía para sí 6000 € y otros 3000 para el Señor Farré junto con la publicación de la sentencia en internet. El juez estimó que la cuantía de la multa era excesiva y redujo las cantidaes a 400 y 200 € respectivamente.
El abogado de la frikipedia intentó que se desestimara totalmente la demanda de la SGAE y no parcialmente como hizo el juez… de nuevo en la sentencia obvian las razones por las que debería desestimarse la demanda.
Llegados a este punto cabe preguntarnos que bases jurídicas podían proteger al administrador de la frikipedia. En primer lugar podríamos alegar la libertad de expresión reconocida constitucionalmente, si bien está se ve limitada por el derecho al honor de las personas (que no de las entidades). Por otro lado la LSSI sería aplicable en este caso puesto que si bien la actividad realizada por la frikipedia es gratuita reporta (o al menos podría hacerlo) beneficios a sus administradores por la publicidad que hay en la página.
Si tenemos en cuenta esta Ley y la actuación de la Frikipedia, en todo momento se colaboró con los organos judiciales (art. 11). Del mismo modo cabe decir que la actividad de la frikipedia es de “alojamiento de datos” y en el art. 16 LSSI se dice claramente que el administrador no será responsable de los contenidos si no sabe que los mismos son ílicitos o si los retira al tener conocimiento de su ilicitud. Casos ambos más que probados en la actitud del demandado. La SGAE en el acto de conciliación no quiso llegar a un acuerdo…
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Es curioso que en esta sentencia se entremezclan los antecedentes de hecho con los fundamentos de derecho… pero en fin, si un Juez lo hace, estará bien hecho.
Se nos recuerda de nuevo el derecho al honor en relación con la libertad de expresión, tanto en su variante de libertad de opinión como en la de libertad de información. Nos dicen que la expresión “sociedad de gangsters, atracadores y estafadores” supone desprecio y descredito. Nadie tiene en cuenta que es una adaptación de las siglas, desafortunada, pero cercana al sentir popular y populoso en internet. Y tampoco se tiene en cuenta el fin último de la frikipedia: el humor.
Una vez dicho que se insulta al honor de una sociedad (que no un indiviuo) se estima y confirma la sanción emitida en la sentencia previa. Y se desestima la pronta actuación del administrador retirando la página cuando fue apercibido para ello. Es decir: se desestima la aplicación de la LSSI. Es mas: consideran responsable al administrador cuando la Ley dice claramente que no lo es.
Technorati Tags: SGAE, frikipedia, freekrusher, sentencia, LSSI
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